Condiciones de la obediencia consagrada y religiosa
La primera condición de la obediencia es que sea cristiana y religiosa; es decir, que debe obedecerse por virtud y espíritu de religión, como al mismo Dios, a quien se respeta y honra en la persona del Director, revestido de su autoridad, y así, sólo por el motivo de obedecer a Dios y cumplir su santa voluntad.
Los defectos contrarios a esta clase de obediencia son: Primero, no tener esa mira y sentimiento de fe, de que a Dios es a quien se obedece en la persona del Director. Segundo, no obedecer a causa de los defectos del Director, por cualesquiera razones, aun buenas en apariencia, u obedecer más bien a otro, porque se siente más simpatía hacia él, o porque tiene mayor talento, ciencia o dotes de gobierno. Tercero, obedecer sólo porque no se puede dejar de hacerlo, o por temor de alguna reprensión o penitencia. Cuarto, preferir, en cosas mandadas, aconsejadas o de Regla, movimientos interiores o pretendidas inspiraciones, o aun las inclinaciones personales. En una palabra, preferir el propio parecer a la obediencia; o las recomendaciones y el criterio de los demás, al criterio y recomendaciones del Director, por considerar aquéllos mejores que éstos.